sábado, 4 de julio de 2015

Deprimidos por Mixcoac



De acuerdo con las leyes ambientales vigentes, la única razón por la que los Fresnos, Cedros y Ahuehuetes (árboles que se pretende derribar para la construcción del proyecto Fase 2 Deprimido Vehicular Insurgentes-Mixcoac) pueden ser talados es si se encuentran muertos o representan un riesgo real. Su tala bajo cualquier otra circunstancia es ilegal.



El deprimido vehicular Insurgentes-Mixcoac es un proyecto que ha sido muy cuestionado por su falta de transparencia, legalidad, utilidad, pertinencia e impacto ambiental. La Unión de Científicos Comprometidos con la Sociedad (UCCS) analizó la Manifestación de Impacto Ambiental y el Resolutivo emitido por la Secretaria de Medio Ambiente del Distrito Federal (SEDEMA). A continuación se enlistan los puntos más importantes del estudio “Consideraciones sobre el arbolado que se pretende derribar para la construcción del proyecto Fase 2 Deprimido Vehicular Insurgentes-Mixcoac”:

1.- Por cada uno de los árboles que serán talados, la empresa constructora pagará $5,478.42 pesos. La cantidad de dinero y de actividades necesarias para compensar las pérdidas asociadas a la tala de árboles (incluyendo los servicios ecosistémicos que estos proveen) es insuficiente.

2.- El proyecto destinará solamente el 1% del presupuesto para medidas de mitigación y compensación.

3.- Benito Juárez es la Delegación con el peor déficit en superficie de área verde por habitante en todo el Distrito Federal. En esta Delegación hay 2.9 m2 de área verde por habitante, esto es entre 3 y 4 veces menor que los estándares internacionales.

4.- Tres de las especies que se verán afectadas, Fresno (398 individuos), Cedro (33 individuos) y Ahuehuete (2 individuos) son consideradas Patrimonio Urbanístico por la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Urbanístico Arquitectónico del Distrito Federal.

5.- De acuerdo con las leyes ambientales vigentes, la única razón por la que los Fresnos, Cedros y Ahuehuetes pueden ser talados es si se encuentran muertos o representan un riesgo real. Su tala bajo cualquier otra circunstancia es ilegal.

6.- También se verán afectados 178 individuos de Ciprés Mexicano, que es una especie sujeta a protección especial por la ley Federal NOM-059-SEMARNAT-2010. Es necesario propiciar su recuperación y conservación.

7.- En total, se verán afectados 611 árboles protegidos por Leyes Locales y Federales.

8.- Existen inconsistencias entre la MIA y el resolutivo emitido por la SEDEMA en cuanto al número de árboles que serán derribados y el número de árboles que serán trasplantados.

9.- No existe claridad sobre los individuos que serán trasplantados ni de las nuevas áreas verdes que se pretenden generar; no se conoce ni siquiera su nueva ubicación.

10.- La MIA presenta deficiencias técnicas en cuanto a la evaluación de impactos.



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