martes, 19 de julio de 2011

Tirar cascajo en el DF, equiparable al crimen organizado.

De acuerdo con la PGJDF existen cuatro delitos ambientales que son catalogados como graves y recibirán mayor castigo.



CIUDAD DE MÉXICO, 19 de julio.- Tirar cascajo ahora será considerado un delito grave, lo mismo que poner en riesgo la vida de un  árbol, y quien los cometa puede recibir una pena de tres meses a cinco años de prisión.

El pasado 27 de junio,  se publicaron en la Gaceta Oficial las reformas aprobadas por la Asamblea Legislativa a la Ley Ambiental del Distrito Federal que, entre otras cosas, prevé castigos más severos, así como la inclusión de malas prácticas ambientales que ahora serán consideradas delitos.


El fiscal de Delitos Ambientales y en Materia de Protección Urbana de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), Samuel Ibarra, adviertió que la legislación, que entrará en vigor el próximo 27 de julio, es la única en todo el país que se adecua a lineamientos de política criminal emanados de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.


“Ahora ya será delito grave la descarga de cascajo a partir de un metro cúbico, antes era grave a partir tres metros; antes la descarga en suelo urbano no era delito, ahora la descarga de cascajo en cualquier lugar no autorizado será un delito”, explicó el funcionario.

De igual forma el transporte de este material de deshecho sin autorización previa de la Secretaría del Medio Ambiente del DF (SMA) será sancionado, lo cual no ocurría antes.

En el DF sólo existe un lugar autorizado para tirar el escombro y otro más a punto de abrirse, ambos en la delegación Tláhuac.

La poda de árboles la tiene que realizar una autoridad delegacional autorizada. Samuel Ibarra explicó que si alguien corta algunas ramas de un árbol, aunque éste se ubique dentro de su casa, y pone en riesgo la vida del árbol, será castigado.

“No todas las podas serán delito, solamente serán delito las que pongan en riesgo al árbol”, detalla.

Los castigos previstos son severos advierte el fiscal de Delitos Ambientale, ya que en todos los casos la poda la debe realizar una autoridad, el castigo por hacerlo sin la autorización respectiva es de 3 meses a 5 años de prisión, para el caso de la destrucción parcial del árbol, y el doble si se hace en área de conservación o protegida.

excelsior

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